El Imserso pone sus centros estatales a disposición de las comunidades para el drenaje de pacientes Covid mientras dure la emergencia sanitaria

Redacción 26-11-2020

El Consejo de Ministros, a propuesta de la Vicepresidencia de Derechos Sociales y para la Agenda 2030 y en coordinación con los Ministerios de Sanidad y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha dado luz verde para la puesta a disposición de los centros estatales del Imserso en favor del Sistema Nacional de Salud y del Sistema de Servicios Sociales de las comunidades autónomas, de modo que puedan utilizarse para atender casos sin manifestaciones clínicas; con manifestaciones clínicas leves; personas que precisen de alojamiento para superar periodos de aislamiento o cualquier otra situación análoga, contribuyendo así a aliviar la carga de centros residenciales, mejorando su respuesta ante posibles brotes y reduciendo la carga asistencial de los centros hospitalarios.

El instituto ya puso algunas de sus instalaciones a disposición del SNS en el marco del Estado de Alarma decretado el pasado 14 de marzo, con el fin de ayudar a evitar el colapso y colaborar a descongestionar dicho sistema y con el fin de lograr prácticas eficaces en la atención de personas afectadas por la Covid- 19, que lograsen la contención del virus y la minimización de los contagios, especialmente drenando centros residenciales cuando presentaban problemas para sectorizar o aislar en sus instalaciones. En la primera oleada de la pandemia se colaboró en este sentido con las autoridades de Asturias, La Rioja, Madrid, Melilla y Castilla y León.

La estrategia de uso de centros y espacios alternativos provisionales que permiten atender a personas infectadas por el patógeno, especialmente procedentes de residencias, conforma una de las recomendaciones adoptadas por los grupos de trabajo sobre Covid y residencias en el seno del Consejo Territorial de Servicios Sociales.

La puesta a disposición de las instalaciones de centros, ya sea en su totalidad o en parte, siempre dependiendo de la disponibilidad de las mismas, se realiza sin perjuicio del mantenimiento de los servicios propios del centro, en condiciones de aislamiento y previa petición de la autoridad competente de la comunidad autónoma.

Se efectuará cuando concurran los requisitos necesarios para ello, mediante resolución de la Dirección General del Imserso, previa autorización del titular del patrimonio de la Seguridad Social.

 

Leave a Comment