El Gobierno aprueba la reforma de las pensiones

La nueva norma fijará un nuevo marco estable de revalorización de las pensiones, incorpora a los pensionistas de clases pasivas, introduce incentivos para retrasar la jubilación de forma voluntaria y revisa el modelo de jubilaciones anticipadas

Redacción 24-8-2021

El Gobierno ha aprobado hoy en el Consejo de Ministros el proyecto de ley con las primeras medidas para la reforma del sistema público de pensiones. Estas medidas, acordadas con los sindicatos CC.OO. y UGT y las patronales CEOE y Cepyme, ya fueron aprobadas como anteproyecto de ley en el Consejo de Ministros del pasado 6 de julio. 

Ahora, el primer Consejo de Ministros tras el parón estival ha aprobado estas medidas como proyecto de ley para iniciar su tramitación en las Cortes. Se trata de la primera fase de la reforma de pensiones que el Gobierno ha comprometido con Bruselas en el componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Gobierno ya ha avanzado su intención de ampliarla con más medidas.

En sus grandes claves, la norma suprime los aspectos más polémicos de la reforma aprobada por en 2013: el índice de revalorización de las pensiones (IRP), que limitaba su subida anual a un 0,25% en situaciones de déficit y se ligará a la evolución de la inflación (IPC); y el llamado factor de sostenibilidad, que será reemplazado por un nuevo mecanismo de equidad intergeneracional pendiente de cerrar.

Asimismo, introduce incentivos para retrasar la jubilación de forma voluntaria y revisa el modelo de jubilaciones anticipadas con el fin de acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal.

Incentivos a la jubilación demorada

En el caso de la jubilación demorada, el texto establece la exoneración de cotizar por contingencias comunes, excepto por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación que corresponda. Y, como medida más destacable, se refuerzan significativamente los incentivos, que pasan a ser de tres tipos por cada año de demora:

– Un porcentaje adicional del 4%

– Una cantidad a tanto alzado en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas

– Una combinación de ambas opciones

En este aspecto, el proyecto de ley aprobado hoy también recoge que los pensionistas de Clases Pasivas tengan la misma regulación en cuanto a los incentivos de demora.

Sobre la jubilación forzosa, el proyecto de ley establece que los convenios colectivos no podrán fijar cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento por el trabajador de una edad inferior a 68 años. Este límite se podrá rebajar en algunos sectores (CNAE) con la condición de que se incremente la participación de la mujer en dichos sectores.

Por último, dentro de esta línea que persigue favorecer la permanencia de los trabajadores de más edad en el mercado de trabajo, se establece una reducción del 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años.

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