Fabiola García destaca la necesidad de cuidar al cuidador a través del programa de Respiro Familiar

El Gobierno gallego invierte 600.000 euros para facilitar el descanso de los cuidadores habituales de personas dependientes o con discapacidad

Redacción 1-3-2022

La conselleira de Política Social de la Xunta de Galicia, Fabiola García, destacó la necesidad de atender a los cuidadores que tienen a su cargo a personas mayores dependientes o con discapacidad. Durante una visita a la residencia pontevedresa Soremay, destacó la importancia de programas como Respiro Familiar, a través del cual la Xunta de Galicia financia todos los años el 100% de la estadía en cualquiera centro residencial de la Comunidad sin límite de tiempo y hasta un máximo de 1500 euros; o acercará un máximo de 1000 euros para abonar el coste de un cuidador en el hogar.

Fabiola García recordó que el Gobierno gallego acaba de abrir el plazo para solicitar una ayuda de la orden de Respiro familiar, que se podrá solicitar hasta el 30 de septiembre y que permite que personas dependientes o con discapacidad realicen estancias temporales en residencias que facilitan el descanso de sus cuidadores habituales. Y señaló que el Gobierno gallego invertirá 600.000 euros en esta nueva convocatoria, en la que se podrán justificar estancias temporales desde el 1 de diciembre de 2021 hasta el 30 de noviembre de este año, siempre y cuando se cuente con el correspondiente informe del trabajador social que acredite las circunstancias de cada caso.

Agradecimiento a los trabajadores

La conselleira de Política Social aprovechó su visita a la residencia Soremay para agradecer a los trabajadores de centros que acogen beneficiarios de este programa, como es el caso del pontevedrés, su esfuerzo profesional y la atención personal que prestan a los mayores.

El principal objetivo es facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los cuidadores. Se podrá acceder a la ayuda siempre que la persona o personas que atiende sean residentes en la Comunidad. Además, la persona a la que atiende deberá haber reconocido un grado II o III de dependencia, o bien haber acreditado mediante informe médico y social la necesidad de ayuda de terceros para actividades de la vida diaria.
 

Leave a Comment