Reforma del sistema público de pensiones

El Gobierno aprueba el Real Decreto-ley que establece subidas adicionales para los pensionistas más vulnerables

Redacción 26-3-2023

El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente el ‘Real Decreto-ley de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones’, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

El texto, fruto de un acuerdo con los sindicatos CC OO y UGT, parte de las recomendaciones del Pacto de Toledo de 2020 y está enmarcado en el Componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Con él se culmina la modernización del sistema público de pensiones que refuerza los principios de suficiencia, equidad y sostenibilidad.

Resumen de las principales medidas:

Este Real Decreto de Reforma incluye las siguientes medidas principales, que desglosamos en dos grupos, según supongan un gasto mayor en pensiones o supongan un ingreso adicional para el Sistema de Pensiones:

  • 1. Medidas que incrementan el gasto en pensiones:
    • La opción de poder optar, para calcular la base reguladora con la que se determina la pensión de jubilación, bien entre las bases de cotización de los últimos 25 años previos a jubilación (como se hace hasta ahora), o bien optar por 29 años de cotizaciones desechando los 2 peores.
    • El destope de la pensión máxima de jubilación.
    • La mejora de las pensiones mínimas, hasta alcanzar el 60% de la renta mediana.
    • Incremento de la pensión mínima de viudedad.
    • El aumento del importe del complemento de brecha de género (un 10% en 2024 y otro 10% en 2025).
    • Una mejora en el tratamiento de las lagunas de cotización para las mujeres.
  • 2. Medidas que incrementan los ingresos del sistema de pensiones
    • La ampliación del periodo de aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) hasta 2050, así como el incremento del porcentajedel mismo hasta alcanzar el 1,2% en 2029(doblando el 0,6% actual).
    • La aplicación de un recargo de cotización de solidaridad para las personas con salarios más altos, que comenzaría con un 1% sobre el exceso de base máxima de cotización en 2025 y se iría incrementando hasta 2045.y llegaría a un 6% en 2045.
    • El destope no simétrico de la base máxima de cotización (es decir, se incrementaría más la pensión máxima).

Detalles de todas estas medidas propuestas:

Número de años considerados para el cálculo de la pensión de jubilación

La principal novedad que introduce el nuevo Real Decreto de Reforma de las Pensiones consiste en que,para calcular la base reguladora con la que se determina la pensión de jubilación, se permitiría elegir entre dos opciones, dependiendo cuál de las dos beneficie más al trabajador

  • 1.los últimos 25 años de cotización que se tienen en cuenta en la actualidad (desde 2022),
  • 2. o bien considerar en el periodo de cómputo los últimos 29 años, eliminando los 2 peores años de cotización, es decir, computando 27 años de cotizaciones.

Por lo tanto, el periodo de cálculo se mantendría en 25 años si no resultase más beneficioso considerar un total de 27 años (29 años menos los dos peores años).

En el momento de jubilación de cada trabajador, será la Seguridad Social la que decidirá de oficio, y otorgará a cada futuro pensionista la prestación de mayor ingreso para cada uno de ellos, entre las dos opciones anteriores.

La nueva opción de considerar 29 años excluyendo los 2 peores, se desplegaría progresivamente durante 12 años, a partir de 2027 hasta 2038, a razón de 4 meses de incremento por cada año desde 2027 a 2038. El sistema dual se mantendrá hasta 2040, pudiendo elegir entre la opción anterior (29 años, desechando los dos peores) y la de los últimos 25 años.

A partir de 2040 se empezaría un periodo transitorio hasta 2044. En esos años 2041, 2042 y 2043 se considerará una base reguladora que comprenderá las bases de cotización de los últimos 306 meses (25,5 años) en 2041, 312 meses (26 años) en 2042 y 318 meses (26,5 años) en 2043, cuando dicho cálculo resulte más favorable que el vigente en la fecha en que se cause la pensión (es decir, que los 29 años de cotización, descartando los 2 peores).

A partir de 2044, la base reguladora de la pensión únicamente se calculará con los últimos 29 años de cotización, de los que podrán descartarse 2 años.

Reducción de la brecha de género en las pensiones:

El Real-Decreto Ley de Reforma de las Pensiones, incluye medidas para reducir la brecha de género en las pensiones. Se mantendría el actual sistema para cubrir las lagunas de cotización (meses sin cotización) en el Régimen General, aunque mejorándolo para las mujeres.

Las lagunas de cotización se seguirán computando con el 100% de la base mínima los primeros 48 meses (4 años), y con el 50% de la base mínima a partir del mes 49. Pero para las mujeres trabajadoras por cuenta ajena, se aplicará el 100% de la base mínima entre el mes 49 y el 60 sin cotización (100% hasta el quinto año) y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y el 84 (del quinto al séptimo año).

Esta medida estará vigente mientras la brecha de género sea superior al 5% y podrá aplicarse a hombres en situaciones comparables. Además, por primera vez, a los autónomos también se les cubrirán las lagunas de cotización.

Por otro lado, se mejorará el complemento por brecha de género, incrementándose un 10% en 2024 y otro 10% en 2025, adicionales a su revalorización anual según el IPC.

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